Según establece el artículo 8.1. a) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, deberán hacerse públicos en el Portal de Transparencia: “Todos los contratos, con indicación del objeto, duración, el importe de licitación y de adjudicación, el procedimiento utilizado para su celebración, los instrumentos a través de los que, en su caso, se ha publicitado, el número de licitadores participantes en el procedimiento y la identidad del adjudicatario, así como las modificaciones del contrato.”
A tenor de lo expuesto, y en virtud de lo establecido en el artículo 3.3 de la Ley de Contratos del Sector Público, este Consejo General carece de Contratos de esta naturaleza al no poder considerar al mismo como Poder Adjudicador, procediendo su financiación de los Colegios Profesionales que lo conforman así como de los servicios y actividades que se organizan para sus miembros.
Y para que conste a los efectos oportunos, así lo certifico como Secretario del Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos y Grados en Minas y Energía.
Según establece el artículo 8.1. b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, deberán hacerse públicos en el Portal de Transparencia: “La relación de los convenios suscritos, con mención de las partes firmantes, su objeto, plazo de duración, modificaciones realizadas, obligados a la realización de las prestaciones y, en su caso, las obligaciones económicas convenidas. Igualmente, se publicarán las encomiendas de gestión que se firmen, con indicación de su objeto, presupuesto, duración, obligaciones económicas y las subcontrataciones que se realicen con mención de los adjudicatarios, procedimiento seguido para la adjudicación e importe de la misma.”
Esta corporación, al día de la fecha, no tiene suscrito convenios de colaboración con ninguna Entidad Pública.
Y para que conste a los efectos oportunos, así lo certifico como Secretario del Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos y Grados en Minas y Energía.
Según establece el artículo 8.1. c) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, deberán hacerse públicos en el Portal de Transparencia: “Las subvenciones y ayudas públicas concedidas con indicación de su importe, objetivo o finalidad y beneficiarios”.
A tenor de lo expuesto, esta Corporación no tiene solicitadas ni concedidas subvenciones de carácter público con las distintas Administraciones estatales, autonómicas, provinciales o locales.
Y para que conste a los efectos oportunos, así lo certifico como Secretario del Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos y Grados en Minas y Energía.
La información de este portal de transparencia está revisada a Julio 2024